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Artículo 7 del Decreto 26

Aprueba nuevo reglamento de premios por la obtención de logros deportivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1196553 / 10461492.

Texto oficial

Artículo 7.- Para postular al otorgamiento de premios por logros deportivos, el deportista deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Ser chileno o extranjero habilitado, según la regulación de la federación internacional respectiva, para representar a Chile en los eventos deportivos internacionales. b) Haber obtenido al menos uno de los logros deportivos dispuestos en la resolución complementaria vigente. c) Ser deportista federado.