Saltar al contenido

Artículo primero transitorio de la Ley 21.621

Fortalece el vínculo entre el hospital clínico de la universidad de chile "dr. josé joaquín aguirre" y el sistema nacional de servicios de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1198245 / 10471546.

Texto oficial

Artículo primero.- Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el 1 de enero del año siguiente a su publicación en el Diario Oficial.