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Artículo 19 del Decreto 15

Aprueba reglamento que fija las normas para el funcionamiento interno y conformación del comité científico asesor para el cambio climático

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1198394 / 10472617.

Texto oficial

Artículo 19. Por acuerdo de la mayoría de los y las integrantes del Comité se podrá convocar a sesiones extraordinarias en las que se abordarán exclusivamente aquellas materias incluidas en la convocatoria. Las sesiones extraordinarias del Comité Científico serán celebradas en días y horas hábiles y deberán comunicarse por la Secretaría Técnica a sus integrantes a través de medios electrónicos, con al menos 5 días hábiles de anticipación. En este caso, los quórums para sesionar y para adoptar decisiones serán los mismos que establece el artículo 18 del presente reglamento.