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Artículo 32 del Decreto 16

Aprueba reglamento que establece procedimientos asociados a los instrumentos de gestión del cambio climático

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1199418 / 10479643.

Texto oficial

Artículo 32.- Dictación del decreto supremo que aprueba la Contribución Determinada a Nivel Nacional. La Contribución Determinada a Nivel Nacional se aprobará mediante un decreto supremo del Ministerio del Medio Ambiente, suscrito, además, por los ministerios de Relaciones Exteriores y de Hacienda, en un plazo no superior a 30 días hábiles contado desde el pronunciamiento del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático.