Texto oficial
Artículo 3.º- Declárase para todos los efectos
legales que la asignación especial del 7,5% a que se
refiere el inciso segundo del artículo 1.º de la ley N.º
16.840 se aplicará a las planillas suplementarias en la
forma indicada en el inciso segundo del artículo 52 de la
referida ley.