Texto oficial
Artículo 69.- Los asistentes a un evento masivo
tendrán los siguientes deberes:
1. Respetar las condiciones de ingreso al evento masivo
y de permanencia en él, cuando procedan.
2. No afectar o poner en peligro su propia seguridad,
la del resto de los asistentes o del evento masivo en
general.
3. Respetar el espacio público, el medio ambiente y el
patrimonio histórico, artístico y cultural del país,
especialmente en aquellos eventos que se celebren en bienes
nacionales de uso público.
4. No realizar conductas ofensivas o discriminatorias
contra los demás asistentes o participantes del evento
masivo, ni contra terceros ajenos al mismo, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 2 de la ley N° 20.609, que
establece medidas contra la discriminación.
5. Seguir las instrucciones que imparta el responsable
de seguridad del evento masivo para la correcta aplicación
del plan de seguridad, principalmente en casos de
emergencia.
6. Tratar respetuosamente al personal de seguridad del
evento masivo.