Texto oficial
Artículo 119.- Modifícase el artículo 63 de la ley
N° 18.290, de Tránsito, de la siguiente manera:
1. Agrégase en el inciso segundo, a continuación de
la expresión "dichos vehículos", lo siguiente: "para lo
cual autorizará, según el nivel de riesgo, la
contratación de servicios de seguridad privada que permitan
la custodia y transporte de carga sobredimensionada".
2. Sustitúyese en el inciso tercero la frase inicial
"Dichas autorizaciones estarán sujetas", por la siguiente:
"La autorización establecida en el inciso primero estará
sujeta".