Texto oficial
Art. 14. Los procedimientos i plazos para la presentación, examen i juzgamiento de las cuentas se determinarán por reglamentos dictados por el Presidente de la República a propuesta de la Corte.
Ley S/N
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1202365 / 10499223.