Texto oficial
Art. 42. De toda resolución que imponga al empleado fiscal la pérdida de empleo, suspensión, inhabilidad o que lo reponga en las funciones de que estuviere suspenso se tomará razón por la Corte de Cuentas.
Ley S/N
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1202365 / 10499253.