Texto oficial
Artículo quinto.- En consistencia con lo establecido
en el artículo 3° de la ley N° 21.185, los clientes
sometidos a regulación de precios que hubieren optado por
cambiar al régimen de precios libres entre la publicación
en el Diario Oficial de la ley N° 21.185 y el 1 de agosto
de 2022, estarán sujetos al pago a que se refiere el
artículo 15 de la ley N° 21.472, hasta el 31 de diciembre
de 2027.