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Artículo 3° del Decreto 78

Crea comité asesor interministerial para la implementación de la política nacional de migración y extranjería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1203698 / 10501161.

Texto oficial

Artículo 3°.- Para el cumplimiento de sus funciones, el Comité focalizará sus acciones en torno a los siguientes ejes temáticos contenidos en la Política: 1) Regularidad migratoria. 2) Desarrollo económico y productivo del país. 3) Reunificación familiar. 4) Sujetos de protección internacional, complementaria y especial. 5) Seguridad, control de fronteras y crimen organizado. 6) Respuesta a los efectos migratorios derivados de emergencias, catástrofes y a consecuencia del cambio climático. 7) Integración e inclusión de las personas migrantes. 8) Chilenos en el exterior. 9) Fomento del multilateralismo y colaboración internacional en migraciones. 10) Gobernanza y gestión migratoria.