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Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 20/1412

Refunde en la direccion general de protección a la infancia y adolescencia, las reparticiones que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1203799 / 10510322.

Texto oficial

Artículo 14. La Dirección General de Protección a la Infancia y Adolescencia se considerará como institución de Beneficencia para los efectos del inciso 2.o del artículo 1056 del Código Civil.