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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 25

Aprueba estatuto de la universidad de la frontera, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204138 / 10503056.

Texto oficial

Artículo 17.- De la Facultad. La Facultad es la estructura fundamental en el campo académico. Está encargada de desarrollar la enseñanza, la investigación, la creación y la vinculación con el medio en áreas afines del conocimiento superior. Podrá organizarse en Departamentos, Escuelas, Institutos y otras unidades académicas. Una Facultad estará dirigida por una Decana o por un Decano.