Texto oficial
Artículo 19.- De las Directoras y Directores de Departamento. Cada Departamento estará dirigido por una Directora o un Director, responsable ante la Decana o el Decano de organizar la enseñanza, la investigación y la vinculación con el medio según corresponda. Es el representante del Departamento en todas las comunicaciones oficiales con la Decana o el Decano y otras funcionarias o funcionarios superiores de la Universidad, y también en todas las comunicaciones del Departamento con las y los estudiantes. Durará dos años en el cargo y podrá ser designada o designado nuevamente.
La Directora o el Director, con la aprobación de la Decana o del Decano, podrá nombrar a una Secretaria o Secretario para que lo asista en la administración de dicho departamento.