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Artículo 57 del Decreto Con Fuerza de Ley 25

Aprueba estatuto de la universidad de la frontera, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204138 / 10503105.

Texto oficial

Artículo 57.- Reglamento de la Unidad de Calidad. A través de un reglamento, propuesto por la Rectora o el Rector al Consejo Superior, previo pronunciamiento fundado y no vinculante del Parlamento Universitario, se regulará la organización, las demás funciones y atribuciones de la unidad de calidad.