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Artículo 72 del Decreto Con Fuerza de Ley 25

Aprueba estatuto de la universidad de la frontera, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204138 / 10503126.

Texto oficial

Artículo 72.- De las profesoras y profesores eméritos, honoris causa y otras distinciones. Las concesiones de las profesoras y profesores eméritos, honoris causa y otras distinciones, están reguladas en un reglamento específico, independiente del reglamento de carrera académica, el cual es aprobado por el Parlamento Universitario. La sola calidad de profesora o profesor emérito, honoris causa u otra distinción, no otorga la calidad de funcionaria o funcionario de la Universidad.