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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Aprueba estatuto de la universidad de talca, adecuado al título ii de la ley nº 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204154 / 10503260.

Texto oficial

Artículo 3.- Principios. Los principios que guían el quehacer de la Universidad de Talca y que fundamentan el cumplimiento de su misión y de sus funciones son los establecidos en la Ley Nº21.094 sobre Universidades Estatales. Estos son el pluralismo, la laicidad, la libertad de pensamiento, de creencias, de expresión, de cátedra, de investigación y de estudio, la participación, la no discriminación, la equidad de género, el respeto, la tolerancia, la valoración y el fomento del mérito, la inclusión, la equidad, la solidaridad, la cooperación, la pertinencia, la transparencia, el acceso al conocimiento. De igual manera, guiarán el quehacer institucional, el respeto a la dignidad de la persona, a los derechos humanos y a la democracia, el fomento del pensamiento crítico y reflexivo, la responsabilidad social y la promoción de la vida saludable y la adecuada convivencia. Los principios antes señalados deben ser respetados, fomentados y garantizados por la Universidad de Talca en el ejercicio de sus funciones y son vinculantes para todos quienes integran su comunidad y sus órganos, sin excepción.