Saltar al contenido

Artículo 38 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Aprueba estatuto de la universidad de talca, adecuado al título ii de la ley nº 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204154 / 10503303.

Texto oficial

Artículo 38.- Reglamentación interna del Consejo de Calidad. Mediante uno o más reglamentos se regulará la organización interna del Consejo de Calidad y se establecerá, entre otras materias, la forma de designación, la duración y requisitos que deberán cumplir los y las consejeros(as) señalados en el literal d) del artículo 36. También definirá las atribuciones específicas y normas de funcionamiento del Consejo de Calidad.