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Artículo 67 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Aprueba estatuto de la universidad de talca, adecuado al título ii de la ley nº 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204154 / 10503342.

Texto oficial

Artículo 67.- Carrera funcionaria. De acuerdo a lo señalado en el Título II del decreto con fuerza de ley Nº29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.834, sobre Estatuto Administrativo, la Universidad asegurará la implementación de mecanismos internos que salvaguarden la ejecución anual del escalafón, para garantizar la carrera funcionaria.