Texto oficial
Artículo 76.- Deberes de los(as) estudiantes. Los(as) estudiantes tendrán, entre otros, los siguientes deberes:
a) A respetar la institucionalidad, sus valores y principios, propendiendo a cultivar la identidad y convivencia universitarias;
b) A asumir la responsabilidad principal de su formación en relación con los planes y programas académicos de la Universidad;
c) A cumplir con las disposiciones de los reglamentos y de la normativa universitaria;
d) A respetar a todos(as) los(as) integrantes de la comunidad universitaria, así como también a toda persona que ejerza labores o preste servicios para la Universidad;
e) A cuidar el patrimonio institucional.