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Artículo 76 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Aprueba estatuto de la universidad de talca, adecuado al título ii de la ley nº 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204154 / 10503352.

Texto oficial

Artículo 76.- Deberes de los(as) estudiantes. Los(as) estudiantes tendrán, entre otros, los siguientes deberes: a) A respetar la institucionalidad, sus valores y principios, propendiendo a cultivar la identidad y convivencia universitarias; b) A asumir la responsabilidad principal de su formación en relación con los planes y programas académicos de la Universidad; c) A cumplir con las disposiciones de los reglamentos y de la normativa universitaria; d) A respetar a todos(as) los(as) integrantes de la comunidad universitaria, así como también a toda persona que ejerza labores o preste servicios para la Universidad; e) A cuidar el patrimonio institucional.