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Artículo 43 de la Ley 21.675

Estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, en razón de su género

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204220 / 10503614.

Texto oficial

Artículo 43.- Improcedencia de atenuante de responsabilidad. En los procesos judiciales por delitos constitutivos de violencia de género, en los términos establecidos en el artículo 29, el tribunal no podrá aplicar la atenuante de responsabilidad contenida en el N°5 del artículo 11 del Código Penal.