Texto oficial
Artículo 57.- Agrégase en el inciso cuarto del
artículo 2 del Código del Trabajo, cuyo texto refundido,
coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con
fuerza de ley N°1, de 2002, del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social, a continuación de la voz "sexo," la
expresión "género,".