Texto oficial
Artículo segundo.- Los reglamentos a los que se
refiere esta ley se dictarán dentro del plazo de doce meses
contado desde su publicación en el Diario Oficial.
Estatuye medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres, en razón de su género
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204220 / 10503635.