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Artículo 34 del Decreto Con Fuerza de Ley 14

Aprueba estatuto de la universidad de playa ancha de ciencias de la educación, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204659 / 10505614.

Texto oficial

Artículo 34.- De la Contraloría Universitaria.   La Contraloría Universitaria es el órgano responsable de ejercer el control de legalidad de los actos administrativos emanados de las autoridades de la Universidad de Playa Ancha, y de auditar la gestión y el uso de los recursos de la institución. Cualquiera de los órganos universitarios o persona natural que forme parte de la Institución, tendrá derecho a denunciar ante la Contraloría Universitaria, vicios de legalidad en la gestión o uso de recursos de la institución. La denuncia se tramitará conforme a las normas establecidas por la misma Universidad.