Texto oficial
Artículo 57.- El personal académico de la Universidad de Valparaíso tiene la calidad de empleado público y se regirán por los reglamentos que al efecto se dicten con el acuerdo del Consejo Universitario y, en lo no previsto por dichos reglamentos, por las disposiciones del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.