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Artículo 61 del Decreto Con Fuerza de Ley 28

Aprueba estatuto de la universidad de valparaíso, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204660 / 10505762.

Texto oficial

Artículo 61.- Habrá una carrera para los funcionarios universitarios y las funcionarias universitarias, que se regirá por las disposiciones del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y todas aquellas disposiciones legales que resulten aplicables, sin perjuicio de las normas sobre materias tales como el sistema de calificaciones, remuneraciones y jornadas de trabajo que regule la Universidad en conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Administrativo.