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Artículo 66 del Decreto Con Fuerza de Ley 28

Aprueba estatuto de la universidad de valparaíso, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204660 / 10505770.

Texto oficial

Artículo 66.- El patrimonio de la Universidad de Valparaíso estará constituido por los aportes y bienes de cualquiera naturaleza que directa o indirectamente le asigne el Estado, las municipalidades u otras personas jurídicas de derecho público o privado en conformidad a la ley; los que reciba de instituciones extranjeras o internacionales, y los otros bienes o ingresos que perciba a cualquier título. Los bienes e ingresos que integren el patrimonio de la Universidad de Valparaíso serán administrados por esta con plena autonomía.