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Artículo 68 del Decreto Con Fuerza de Ley 28

Aprueba estatuto de la universidad de valparaíso, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204660 / 10505772.

Texto oficial

Artículo 68.- Los contratos que celebre la Universidad, a título oneroso, para el suministro de bienes muebles y de los servicios que se requieran para el desarrollo de sus funciones se regirán por lo establecido en los artículos 36, 37, 38 y 39 de la ley N° 21.094 o las normas que las reemplacen. La política de propiedad intelectual e industrial se regirá por los reglamentos que se dicten al efecto en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 63 de la ley N° 21.094 o la norma que la reemplace.