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Artículo 10 de la Ley 21.680 · Crea un registro de deuda consolidada

Crea un registro de deuda consolidada

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204681 / 10505523.

Texto oficial

Artículo 10.- Gratuidad e irrenunciabilidad de los derechos. El ejercicio de los derechos consagrados en esta ley será siempre gratuito para los deudores y los reportantes. Los derechos consagrados en este Título tendrán el carácter de irrenunciables. Los derechos consagrados en este Título se podrán ejercer de manera presencial y mediante sistemas o medios digitales. El reportante deberá mantener permanentemente a disposición del público, en su sitio web, una dirección de correo electrónico, formulario de contacto o un medio tecnológico equivalente mediante el cual el solicitante pueda ejercer los mencionados derechos.