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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 15

Aprueba estatuto de la universidad del bío-bío, adecuado al título ii de la ley nº 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204838 / 10506907.

Texto oficial

Artículo 17.- El consejero o consejera que hubiere sido nombrado/a en virtud del artículo 10, letra c) de estos Estatutos cesará en su cargo en el Consejo Superior cuando, durante su desempeño, incurra en alguna de las causales contempladas en el artículo anterior.