Texto oficial
Artículo 67.- Sin perjuicio de las funciones que se incorporen en el reglamento mencionado en el artículo anterior, corresponderá especialmente a la unidad a cargo del aseguramiento de la calidad y de la acreditación institucional:
a) Promover el mejoramiento de la calidad de la Universidad por medio de políticas, estrategias y mecanismos de aseguramiento de la calidad en todos los ámbitos de la institución, de forma transparente, eficiente y eficaz.
b) Coordinar, implementar, monitorear y controlar el adecuado desarrollo de los procesos de gestión, evaluación y aseguramiento de la calidad, así como los procesos de evaluación (interna y/o externa), certificación y/o acreditación, de la institución, de sus respectivas carreras y programas académicos, además de la gestión de procesos administrativos y gestió