Texto oficial
Artículo 47.- Funcionarias y funcionarios administrativos. Son funcionarios y funcionarias de la Universidad, el personal de la administración, gestión, servicios y apoyo a la gestión en las distintas áreas misionales de la Universidad; y que desarrollen labores de administración y gestión institucional, investigación, innovación, transferencia tecnológica y servicios vinculados con el medio, encasillados en alguno de los escalafones de la planta administrativa y a contrata de la Universidad.