Saltar al contenido

Artículo 58 del Decreto Con Fuerza de Ley 13

Aprueba estatuto de la universidad de atacama, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204891 / 10507465.

Texto oficial

Artículo 58.- De los Consejos de Departamentos y Escuelas: Los Consejos tendrán un reglamento especial que fijará sus integrantes, considerando la participación de los tres estamentos, incorporando además criterios de equidad de género e inclusión para su elección. El mismo reglamento establecerá la forma de designación de sus miembros, funcionamiento y quórums de aprobación de sus acuerdos.