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Artículo 37 del Decreto Con Fuerza de Ley 16

Aprueba estatuto de la universidad de tarapacá, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204892 / 10507530.

Texto oficial

Artículo 37.- Secretario/a general. El/La secretario o secretaria general de la Universidad es el funcionario superior responsable de citar y llevar actas de todas las reuniones del Consejo Superior, del Consejo Universitario, de los Comités de los Consejos anteriormente mencionados, y de todos los otros Comités de carácter general que se establezcan en la Universidad. Es el ministro de fe de la Universidad. Debe vigilar que se dé aviso a los distintos funcionarios y público en general de todos los actos y decisiones de dichos organismos que los afecten. Velará por la transparencia y la gestión documental.