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Artículo 38 del Decreto Con Fuerza de Ley 16

Aprueba estatuto de la universidad de tarapacá, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204892 / 10507531.

Texto oficial

Artículo 38.- Otras autoridades. En virtud de su autonomía administrativa, la Universidad de Tarapacá establecerá según proposición del Rector o Rectora ante el Consejo Superior a otras autoridades unipersonales y colegiadas de acuerdo con el Plan de Desarrollo Institucional o su equivalente.