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Artículo 50 del Decreto Con Fuerza de Ley 19

Aprueba estatuto de la universidad metropolitana de ciencias de la educación, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204906 / 10507974.

Texto oficial

Artículo 50.- Régimen jurídico del personal. El personal de la Universidad tendrá la calidad de funcionario/a público/a. El personal académico se regirá por los reglamentos que al efecto dicte la Universidad y, en lo no previsto por dichos reglamentos, por las disposiciones del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo. Por su parte, el personal no académico se regirá por las normas del decreto con fuerza de ley precitado y por las demás disposiciones legales que les resulten aplicables.