Texto oficial
Artículo 36.- Definición. La Contraloría Universitaria es el órgano responsable de ejercer el control de legalidad de los actos administrativos de las autoridades universitarias, como también de auditar la gestión y el uso de los recursos de la institución. Lo anterior, sin perjuicio de las restantes funciones de control interno que le encomiende el Consejo Superior.