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Artículo primero transitorio de la Ley 21.685

Reajusta los valores del subsidio único familiar y la asignación familiar, otorga un aporte pagado a través del bolsillo familiar electrónico por los meses de invierno de 2024, e inyecta recursos al fondo de estabilización de precios del petróleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1204943 / 10508002.

Texto oficial

Artículo primero.- Los derechos que correspondiere ejercer en aplicación de las modificaciones incorporadas por la presente ley se devengarán a contar del 1 de julio de 2024. Con todo, la modificación establecida en el numeral 2 del artículo 2° de la presente ley comenzará a regir a partir de noventa días de publicada en el Diario Oficial.