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Artículo 28 del Decreto Con Fuerza de Ley 21

Aprueba estatuto de la universidad de antofagasta, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205098 / 10508493.

Texto oficial

Artículo 28.- Incompatibilidades especiales de los consejeros del estamento de los funcionarios no académicos indicados en la letra b) del artículo 21 del presente estatuto. No pueden ser miembros del Consejo Superior, los siguientes funcionarios no académicos: a) Miembro de la Dirección superior. b) Ejercer otros cargos de exclusiva confianza del Rector.