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Artículo 72 del Decreto Con Fuerza de Ley 21

Aprueba estatuto de la universidad de antofagasta, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205098 / 10508544.

Texto oficial

Artículo 72.- Deber de apoyo de las unidades técnicas correspondientes. El Comité de aseguramiento de la calidad debe cumplir sus funciones con el apoyo de las unidades técnicas del sistema de gestión interna de la calidad, que el respectivo reglamento estatutario determine.