Saltar al contenido

Artículo 74 del Decreto Con Fuerza de Ley 21

Aprueba estatuto de la universidad de antofagasta, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205098 / 10508546.

Texto oficial

Artículo 74.- Autonomía administrativa y financiera. El Comité de aseguramiento de la calidad debe disponer de un presupuesto operativo anual y suficiente para su adecuado funcionamiento y cumplimiento de sus fines, respecto del cual debe presentar una memoria anual sobre su gestión administrativa y financiera ante el Consejo Universitario para su respectiva aprobación.