Saltar al contenido

Artículo 91 del Decreto Con Fuerza de Ley 21

Aprueba estatuto de la universidad de antofagasta, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205098 / 10508574.

Texto oficial

Artículo 91.- Deber general de cumplimiento normativo. Es obligación fundamental de las autoridades de la Universidad garantizar una convivencia democrática, pacífica y armónica dentro de la institución, los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y que se cumplan con los deberes establecidos en este estatuto, reglamentos y toda norma dictada en conformidad a ellos.