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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 26

Aprueba estatuto de la universidad de la serena, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205685 / 10511803.

Texto oficial

Artículo 20.- Causales de remoción del (la) Rector(a). Las causales de remoción del cargo de Rector(a) son las siguientes: a) Las faltas graves a la probidad. b) El notable abandono de deberes. c) El haber incurrido en comportamientos que afecten gravemente el prestigio de la Universidad. d) La falta de resguardo a lo señalado en el artículo 2° de la ley Nº 21.094 y de los principios del sistema de educación superior nacional. e) El incumplimiento de algún(os) deber(es) y obligación(es) del (la) Rector(a), establecidos en la ley y en el Estatuto de la Universidad, que tengan como resultado la pérdida de la acreditación institucional o se obtenga un periodo inferior a cuatro años. f) El incumplimiento de algún(os) deber(es) y obligación(es) del (la) Rector(a), establecidos en la ley y en el Estatuto de la Universidad, que tengan como resultado que los estados financieros de la Institución hayan evolucionado negativamente y reflejen una precaria situación financiera. g) Las demás causales establecidas en las leyes y en este Estatuto.