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Artículo 73 del Decreto Con Fuerza de Ley 26

Aprueba estatuto de la universidad de la serena, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205685 / 10511873.

Texto oficial

Artículo 73.- De los deberes y conductas del (la) Estudiante de la Universidad. Es deber del (la) estudiante colaborar con su esfuerzo personal al mejor aprovechamiento de las oportunidades de educación que se le brindan, contribuir al prestigio de la Universidad observando una conducta compatible con el ambiente de estudio, respeto y tolerancia que son propios de la vida académica, aceptando y cumpliendo los reglamentos que regulen la vida y convivencia universitaria. Mediante normativa interna, se hará también extensivo a los (las) estudiantes, el concepto de prohibiciones y procedimientos de forma homóloga, a lo señalado en el artículo 71.