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Artículo 3° de Auto Acordado S/N

Auto acordado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205703 / 10512145.

Texto oficial

Artículo 3° Forma de funcionamiento. Las Unidades de Cuenta y de Cuenta de Protecciones funcionarán de manera independiente de las Secretarías Civil, Criminal y Especial, por lo que el equipo de funcionarios que se desempeñen en ellas, como proveedores o en otra condición, dependerán del relator encargado de cada una de ellas.