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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Aprueba estatuto de la universidad de magallanes, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205762 / 10512381.

Texto oficial

Artículo 20.- Funcionamiento interno del Consejo Superior. La Universidad definirá a través de reglamentos, y previo acuerdo del Consejo Superior, las normas sobre el funcionamiento interno de este Consejo, en todo aquello que no esté previsto en el presente Estatuto. Sin perjuicio de lo anterior, el Consejo deberá sesionar, al menos, de manera trimestral.