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Artículo 32 del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Aprueba estatuto de la universidad de magallanes, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205762 / 10512393.

Texto oficial

Artículo 32.- Funcionamiento interno del Consejo Universitario. Las normas sobre el funcionamiento interno de este órgano colegiado serán establecidas en un reglamento dictado por él mismo, el cual deberá incluir, entre otras materias, disposiciones que regulen su renovación parcial. Para su funcionamiento, el Consejo Universitario podrá establecer comisiones permanentes y/o temporales de trabajo.