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Artículo 58 del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Aprueba estatuto de la universidad de magallanes, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205762 / 10512423.

Texto oficial

Artículo 58.- Del Consejo de Facultad. El Consejo de Facultad es el organismo colegiado que representa a la comunidad de una Facultad. Su función esencial es velar por el adecuado funcionamiento y correcto desarrollo de las unidades orgánicas y de las personas que la conforman. Las personas que integran el Consejo de Facultad serán elegidas de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento General de Elecciones de la Universidad.