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Artículo 71 del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Aprueba estatuto de la universidad de magallanes, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205762 / 10512440.

Texto oficial

Artículo 71.- De los incentivos al desarrollo funcionario. A través de un reglamento, la Universidad establecerá políticas de estímulos e incentivos tendientes a fomentar el desarrollo y reconocimiento en la carrera de los funcionarios de apoyo a la actividad universitaria por razones de mérito, perfeccionamiento y capacitación.