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Artículo tercero transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 27

Aprueba estatuto de la universidad de magallanes, adecuado al título ii de la ley n° 21.094, sobre universidades estatales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1205762 / 10512471.

Texto oficial

Artículo tercero. De la designación del contralor universitario o la contralora universitaria. En el caso del contralor/a actual, seguirá ejerciendo su cargo hasta el nombramiento del/la contralor/a universitario/a conforme lo establece el presente Estatuto. El Consejo Superior deberá solicitar a la Dirección Nacional del Servicio Civil la realización del proceso de selección y cumplir con el envío del perfil del cargo dentro del plazo máximo de seis meses contados desde la plena constitución de dicho órgano.